"Sembremos confianzas para cosechar confianzas...no metamos a todos en el mismo saco". Esta fue la premisa con la que el Diputado Harry Jürgensen y un grupo de parlamentarios presentó su rechazo a la Resolución Exenta N°2 del Servicio de Impuestos Internos que establecía criterios para definir quiénes son los contribuyentes que debían integrar la tristemente celebra nómina o listado de Contribuyentes Sujetos a retención.
Sin
un criterio más amplio que la reglamentación existente, la Resolución Exenta
n°2 del SII, establecía que quienes comercialicen los siguientes productos o
servicios : ventas de arroz, berries;
actividades de la construcción, ganado, legumbre, madera, oro, papel y
cartón para reciclar, especies hidrobiológicas, productos silvestres, trigo y
chatarra se verían afectados a la hora de recibir el pago de sus productos o
servicios puesto que el contratante o comprador
de los servicios, por expresa
instrucción del SII, debía retener el
monto equivalente al IVA, dado que la sola participación tributaria en los
rubros y servicios antes mencionados los convertía automáticamente en
"contribuyentes de difícil fiscalización" , calificándolos además
de sujetos de "alto riesgo de
incumplimiento tributario".
"Una definición
claramente discriminatoria y peyorativa para la dignidad de quienes cumplen a
cabalidad con sus compromisos tributarios, para quienes están ligados al mundo
rural y agrícola y para quienes son emprendedores honestos que requieren el
apoyo y la confianza del estado y no castigo y dudas a su esfuerzo por el hecho
de ser emprendores", manifiesta Jürgensen.
Esta
situación advertida por el parlamentario encendió las alarmas y provocó la presentación
de un Proyecto de Resolución para que esta medida sea revertida y se mantenga
la situación previa a la Resolución EX Nº 2 del 12 de enero 2018. Se aprobó por
amplio y transversal respaldo con 74 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones.
A
raíz del proyecto presentado el SII interno emitió la Resolución Ex N°42 con
fecha 30 de abril en la que cambia el criterio de quienes integran la lista de
Contribuyentes sujetos a retención eliminado los criterios de la Resolución Ex
N°2 y considerando para tales fines a quienes
mantengan brechas u omisiones en las declaraciones de los formularios
formulario 29; Pagos atrasados de Impuesto y otros a Tesorería; Domicilio inexistente, no ubicado y/o
inconcurrente a notificaciones ; Falta
de declaración del impuesto anual a la renta, entre otros aspectos. Siendo el
criterio adoptado para la aplicación de la norma el NO CUMLIMIENTO por sobre la
participación en un rubro determinado.
"Con esta
modificación devolvemos la confianza al emprendedor, y a miles de pequeños
productores que verán agilizados sus pagos y sus impuestos en movimientos facilitando
su actividad comercial movilizando-de paso- varios miles de millones de pesos
en el país",
señalo el Diputado Harry Jürgensen. La medida en comento comenzará a regir el 1
° de agosto del 2018.
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